México:
Dentro del Código Penal Federal, se aprobó sancionar a aquellos que promuevan las peleas de perros contra otros animales, la transmisión por medios y/o la presencia de menores de edad en estos eventos ilegales.
La Cámara de Diputados, aprobó la reforma al Artículo 419 BIS del Código Penal con 448 votos a favor, cero abstenciones y sólo 1 voto en contra.
En la argumentación del dictamen se señala que, en la redacción anterior, las fiscalías tenían problemas para delimitar el delito de las peleas de perros.
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“El fin de esta iniciativa es modificar la forma y fondo del artículo 419 Bis del Código Penal, tanto en su redacción como en su estructura, debido a las dificultades que enfrentan las fiscalías para judicializar y encuadrar los casos para el delito de peleas de perro. La redacción actual no le permite a la autoridad poder judicializarlos porque se necesita tener el delito en flagrancia para poder encuadrar la conducta como pelea de perros”, indica el dictamen que pasó al Senado de la República.

Sobre esto, María del Pilar Ortega Martínez, Presidenta de la Comisión de Justicia, argumentó en tribuna que esta propuesta pretende legislar los tipos penales relacionados con la celebración de peleas de perros para evitar la crueldad en contra de éstos, por el cual, grupos delictivos se enriquecen.
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La Diputada por el PAN, lamentó que México ocupa el tercer lugar a nivel mundial de crueldad animal, además de señalar que, un perro peleador genera 100 mil pesos al año al ser usado para reproducción, en un ciclo de violencia interminable.
Además, expuso que en los supuestos de crianza o entrenamiento de perros con el propósito de hacerlos participar en cualquier exhibición, espectáculo que involucre peleas entre dos o más perros, también se incluyan las peleas de un perro contra cualquier otro animal para fines recreativos o de entretenimiento.
“Se ajusta la disposición para prever el caso de compra o venta de perros que tengan como fin el involucrarlo en cualquier exhibición, espectáculo o cualquier actividad que involucre una pelea entre dos o más perros o un perro contra cualquier otro animal”.

También se tipifica como delito la transmisión de cualquier medio electrónico, la exhibición, los espectáculos o cualquier actividad que impliquen peleas de perros.
Se incluyen sanciones a quienes ocasionen la presencia de menores de edad en peleas de perros contra perros u otros animales.
El Artículo 419 BIS impone penas de 6 meses a cinco años de prisión y el equivalente de 200 a 2 mil días de multas.
























