Ciudad de México/Redacción:
La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) informó este 24 de marzo acerca de una multa por 848 millones 888 mil 633 pesos en contra del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) por práctica monopólica.
Así mismo, la COFECE detalló que la sanción obedece a que el AICM tuvo negativa de trato en contra de la empresa Transporte Terrestre UNE, a la cual no dio acceso al aeropuerto.
Dicha compañía pretendía ofrecer un servicio de transporte de pasajeros del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México al de Puebla y de regreso; sin embargo, no obtuvo el “visto bueno” de las autoridades aeroportuarias.
En tanto, se establecieron ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios de esa misma ruta, lo que aisló a la compañía de la competencia en perjuicio de los usuarios.
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La COFECE argumentó que “al rehusarse a prestar el acceso a UNE, sin que existiera justificación para ello, el AICM otorgó ventajas indebidas a los permisionarios establecidos, los que mantuvieron su posición sin enfrentar presiones competitivas”.
Añadió que “esto se tradujo en una pérdida de bienestar de los usuarios del servicio, quienes pudieron haber tenido más opciones y menores precios de no haberse configurado la práctica prohibida”.
Por tal motivo, se establecieron dos recomendaciones al AICM, a fin de que comience a suprimir sus conductas anticompetitivas.
Primeramente, el Aeropuerto deberá justificar el sentido de las opiniones que emita en términos del Artículo 47 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal para la entrada de un nuevo operador, o para el aumento del parque vehicular a permisionarios existentes, con base en consideraciones técnicas y no discriminatorias, exponiendo las razones, motivos y circunstancias que estime aplicables.
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Por otra parte, también deberá garantizar el servicio de acceso en el Aeropuerto, tanto para UNE, como para los agentes económicos que obtenga o hayan obtenido un permiso otorgado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para la prestación del servicio de autotransporte en el Aeropuerto, siempre y cuando se cumplan con los requisitos.
Finalmente, la COFECE indicó que se tiene como finalidad la supresión de la conducta por al menos los próximos cinco años, en donde les podrá solicitar documentación que acredite que están cumpliendo con las obligaciones impuestas.
Agencias/Vox Populi Noticias
























