Ciudad de México / Redacción. –
El miércoles 6 de septiembre, Adriana Montiel, titular de la Secretaría del Bienestar confirmó que los pagos del bimestre septiembre-octubre de las pensiones para personas con discapacidad y madres solteras, se realizarán del 7 al 28 de septiembre.
De acuerdo con estadísticas del INEGI, el 18 por ciento de los hogares en México están integrados por una sola figura de autoridad (padre, madre y/ó tutor), siendo la elevada mayoría de las veces (83.8 por ciento) por mujeres, quienes por sí mismas ya sufren diversas situaciones de dificultad, mayormente por las múltiples actividades a las que comúnmente se ven sujetas.

No obstante, ante tal panorama, la Secretaría del Bienestar creó un proyecto para niñas y niños mexicanos con madres solteras, teniendo como apoyo una suma total de 1,600 pesos bimestrales; por lo tanto, si estás interesada en acceder al programa te compartimos los requisitos a continuación.
-Ser madre, padre soltero o tutor de una niña o niño que aún no haya cumplido 4 años de edad.
-Que la madre, padre o tutor esté trabajando, buscando empleo o estudiando y no cuenten con el servicio de cuidado y atención infantil.
-Acta de nacimiento en original y copia del niño o la niña, así como de la madre, padre soltero o tutor.
-Clave Única de Registro de Población (CURP) en original y copia del niño o niña, así como de la madre, padre soltero o tutor.
-Identificación oficial vigente en original y copia de la madre, padre soltero o tutor (en caso de ser menor de edad se puede presentar con pasaporte o acta de nacimiento).
-Comprobante de domicilio (agua, luz, teléfono, predial o constancia de residencia) en original y copia.
-Escrito libre bajo protesta de decir la verdad en donde se señale si trabaja, busca trabajo o si está estudiando; en caso de estar estudiando, se deberá presentar con una constancia de estudios emitida por la institución.
-Cartas de no afiliación al IMSS e ISSSTE, las cuales podrán tramitarse e imprimirse desde el portal de internet correspondiente a cada institución (se excluye de este requisito a los tutores).
-En el caso de las niñas y niños con discapacidad, cuando ésta no sea visible para el personal de apoyo de la Secretaría se requerirá certificado médico original emitido por alguna institución pública del Sector Salud o por médico con cédula profesional, especialista en el tipo de discapacidad.
-Para el caso de hijas e hijos en situación de orfandad materna que sean menores de edad se requiere de una persona que funja como responsable para realizar el trámite que, además, firmará una carta responsiva en formato libre en donde asumirá el compromiso de hacer uso del recurso para los fines del programa. Si el o la beneficiaria es mayor de edad y menor de 24 años, se podrá realizar el trámite de manera individual.
-En caso de que el beneficiario esté en situación de orfandad materna, se deberá comprobar el fallecimiento de la madre a través de un acta de defunción o de presunción de muerte no mayor a tres meses de antigüedad.
Calendario de pagos para el programa “Madres trabajadoras” septiembre-octubre 2023
Dichos pagos se realizarán en orden alfabético, considerando la letra del primer apellido.

Agencia / Vox Populi Noticias.
























