Los días festivos en México pueden generar confusión debido a las variaciones anuales en las fechas de descanso obligatorio; Según la Ley Federal del Trabajo (LFT), hay fechas específicas que garantizan a los trabajadores un día de descanso obligatorio, mientras que otras celebraciones importantes no están incluidas en esta normativa; Esto genera una distinción entre los días festivos conmemorativos y aquellos que otorgan un descanso obligatorio.
Para el 2025, los días de descanso obligatorio según la LFT son:
- Miércoles 1 de enero: Año Nuevo.
- Lunes 3 de febrero: Día de la Constitución Mexicana.
- Lunes 17 de marzo: Natalicio de Benito Juárez.
- Jueves 1 de mayo: Día del Trabajo.
- Martes 16 de septiembre: Día de la Independencia.
- Lunes 17 de noviembre: Revolución Mexicana.
- Jueves 25 de diciembre: Navidad.
Por otro lado, existen días festivos no obligatorios, entre los que se incluyen:
- Jueves 17 y viernes 18 de abril: Días Santos.
- Lunes 5 de mayo: Conmemoración de la Batalla de Puebla.
- Domingo 12 de octubre: Día de la Raza.
- Domingo 2 de noviembre: Día de Muertos.
- Viernes 12 de diciembre: Día de la Virgen de Guadalupe.
Es importante recordar que, ―según el artículo 75 de la LFT―, quienes trabajen en días de descanso obligatorio tienen derecho a recibir el doble de su salario normal, además del pago diario habitual, lo que puede resultar en un ingreso total de hasta tres veces el salario regular como compensación por su esfuerzo adicional.


























