El Senado de la República dio luz verde al acuerdo que establece cómo se realizará la toma de protesta de los jueces y magistrados electos durante el Proceso Electoral Federal Extraordinario 2024-2025. Todo está programado para el próximo 1 de septiembre, en el Salón de Sesiones del propio Senado.
¿Cuándo protestan jueces y magistrados en Senado?
El documento detalla el calendario con los horarios específicos en que se llevará a cabo cada acto. Por ejemplo, a las 19:30 horas tomarán protesta los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como la magistrada y el magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y las magistradas y magistrados de sus salas regionales.
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Más tarde, a las 20:00 horas, será el turno de los magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), seguido por los de los circuitos Tercer al Noveno a las 20:30 horas. A las 21:00 horas, rendirán protesta quienes corresponden del Décimo al Vigésimo Circuito, y a las 21:30 horas lo harán los del Vigésimo Primero al Trigésimo Segundo Circuito.
La jornada continuará con las juezas y jueces: a las 22:00 horas se presentarán los de los primeros cuatro circuitos, a las 22:30 horas, los del Quinto al Décimo Quinto, y finalmente, a las 23:00 horas, los del Décimo Sexto al Trigésimo Segundo Circuito.
Jueces y magistrados electos rendirán protesta el 1 de septiembre en el Senado
El acuerdo también establece lo que publicará la Gaceta Parlamentaria, como el listado que deberá enviar el Consejo General del INE en un plazo de dos días hábiles tras declararse la validez de cada elección. También incluye la solicitud a la Sala Superior del TEPJF y a la SCJN para que remitan las constancias de mayoría que hayan sido revocadas, así como los resultados de los cómputos que permitan conocer la votación obtenida por cada candidata y candidato.
Toda esta información se enviará al Senado en formato electrónico dentro de los cinco días hábiles posteriores a la solicitud. Con el fin de cumplir lo estipulado en el artículo 231 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Finalmente, el Senado acreditará a las personas juzgadoras electas con base en estos documentos, y las convocará formalmente para que rindan protesta conforme a la ley.

























