Suprema Corte avala decretos de AMLO en tabaco y minería. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio por validadas dos reformas impulsadas por el expresidente de la república mexicana Andrés Manuel López Obrador, durante su período gubernamental.
En sesión celebrada ayer, el pleno de ministros respaldó el decreto de 2022. la cual prohíbe consumir alimentos, bebidas o realizar actos de entretenimiento en zonas exclusivas para fumar. La Corte anterior, encabezada por la ministra en retiro Norma Lucía Piña Hernández, declaró excesivo este punto.
La Suprema Corte avaló decretos de AMLO sobre tabaco y minería, antes rechazados
El tribunal, presidido por Hugo Aguilar Ortiz, analizó la contradicción de criterios entre tribunales colegiados sobre el artículo 60 del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco. Las votaciones sucedieron con ocho votos a favor y uno en contra; los ministros, en orden, confirmaron la prohibición y dejaron atrás lo resuelto previamente.
En el año pasado, 2024, esa sala había concedido un amparo al considerar que la medida excedía lo aplicable en la ley reglamentaria. Sin embargo, ahora se avaló el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien manifestó que los precedentes anteriores no eran obligatorios.
“La actual integración de la Corte tenía la oportunidad de superar el criterio de la antigua Suprema Corte, en aras de garantizar de manera efectiva el derecho a la salud de las personas no fumadoras”, señaló Batres.
En contra, la ministra Loretta Ortiz argumentó que la ley no establece que las zonas exclusivas deban limitarse únicamente al consumo de tabaco.
Además, el máximo tribunal revocó un amparo contra las reformas a la Ley Minera de 2023, relacionadas con concesiones de minería y agua. Siete ministros votaron a favor y dos en contra, negando la protección solicitada por un particular.
cuya petición de concesión fue desechada tras la entrada en vigor de los cambios legales. Durante el debate, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar, defendió la decisión:
“La soberanía del Estado debe prevalecer en todo momento y bajo ninguna consideración alguien que presenta una solicitud de concesión minera ya tiene un derecho adquirido por el solo hecho de presentarlo”.
Hugo Aguilar agregó, para finalizar, que el Estado mantiene la facultad de definir nuevas condiciones para el acceso a las concesiones.