Aumenta el gas LP en México; ASEA asegura alza mínima. Entre los días 5 y el 11 del mes de octubre, el precio máximo permitido para un cilindro de 20 kilos en la Ciudad de México será de 392.9 pesos, por lo que el incremento equivale a apenas 0.79 centavos.
“La implementación de estas medidas tendrá un impacto mínimo en los costos de operación, estimado en un incremento de apenas 0.2 por ciento en el precio final al consumidor.
No obstante, los beneficios en términos de seguridad y prevención de accidentes superan ampliamente este ajuste, consolidando un marco regulatorio más robusto para el sector.”
La mayor supervisión al transporte de gas LP también implicará un incremento en los gastos de las empresas dedicadas a esta actividad.
Sobre que el precio del gas LP aumentará ligeramente en México, el CEO de eServices, Alicia Zazueta, estimó que las compañías deberán invertir un promedio entre 100 y 130 mil pesos anuales para cumplir con los nuevos requerimientos técnicos, como el uso de GPS, códigos QR e infraestructura adicional.
“No solamente será suficiente el monitoreo automático del GPS, sino también que estemos alimentando manualmente este requerimiento, lo que conllevará gastos y recursos adicionales humanos”, explicó.
El gas LP sube ligeramente en México por nuevas normas que fortalecen seguridad
Las nuevas normas de seguridad del gas LP
El pasado día 3 de octubre del presente año, por medio de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dos normas de leyes emergentes en relación con el transporte de combustible:
- NOM-EM-006-ASEA-2025, para el transporte.
- NOM-EM-007-ASEA-2025, para la distribución.
Ambas leyes están diseñadas con el principal objetivo de reducir riesgos a la población y proteger el medio ambiente.
Los nuevos requisitos en la ley sobre transportación de materiales considerados como peligrosos buscan elevar los estándares en materia de seguridad e imponen obligaciones más estrictas. Entre los cambios más importantes dentro de la reforma, se destacan:
- Presentar anualmente un dictamen de operación y mantenimiento de las unidades de transporte y distribución.
- Realizar inspecciones internas y pruebas hidrostáticas para detectar grietas o defectos estructurales.
- Exigir capacitación teórico-práctica a los conductores mediante un estándar avalado por el CONOCER.
- Incorporar dispositivos de control de velocidad y sistemas de geolocalización satelital (GPS) con transmisión de datos en tiempo real. Conforme a la regulación de la Comisión Nacional de Energía (CNE).

Plazos de cumplimiento
El organismo de la ASEA realizará diversas inspecciones conjuntas en plantas de distribución del país, con criterios homologados, para comprobar el cumplimiento de la ley.
El cumplimiento de la leyes será gradual:
- Las unidades de transporte y las de distribución con capacidad mayor a 5 mil litros y antigüedad igual o mayor a 10 años tendrán un plazo de cuatro meses a partir de la entrada en vigor de las normas.
- El resto de las unidades de distribución deberán cumplir a lo largo de 2026, durante la vigencia de la NOM-EM-007-ASEA-2025.

























