En conferencia, Claudia Sheinbaum manifestó su desacuerdo con la retroactividad incluida en la reforma a la Ley de Amparo, aprobada en el Senado de la República. Señaló que la Constitución es clara en este tema y debe respetarse.
Explicó que será la Cámara de Diputados la encargada de revisar el transitorio que se agregó a la minuta, con el fin de verificar si cumple con lo dispuesto en la Constitución.
“Pues tiene que dejar claro que queda a salvo la retroactividad establecida en la Constitución y a qué se refiere ese transitorio”, puntualizó.
Sheinbaum recordó que la iniciativa original enviada por su gobierno no incluía este agregado aprobado en el Senado.
“Nosotros enviamos una iniciativa que no tenía este agregado que le hicieron en el Senado. Primero hay que respetar la Constitución. La Constitución establece claramente que no debe haber retroactividad en las leyes, a menos que uno cambie la Constitución (…) Pero en las leyes, pues no puede haber retroactividad”, explicó.
Sheinbaum critica retroactividad en reforma de amparo aprobada en el Senado
Desde su punto de vista, el transitorio era innecesario.
“Vamos a ver exactamente por qué incorporaron este transitorio. Desde mi punto de vista, pues no era necesario poner ese transitorio, ¿no? Porque si es a partir de que se emite la ley, lo nuevo ya entra con la nueva ley, pues para qué se pone el transitorio. Es mi punto de vista, no soy abogada, pero creo que así debe ser”, dijo.
La mandataria federal aclaró que la reforma no busca eliminar derechos ciudadanos, sino agilizar procesos judiciales y dar mayor certeza en casos fiscales y financieros.
“Esto es muy importante porque ha habido la versión de que estamos queriendo quitar el derecho de los mexicanos a tener el amparo frente a un acto de autoridad. Primero, la Constitución no se modifica y, segundo, los cambios son para que haya mayor certeza y no abusos en el sistema judicial”, sostuvo.
Finalmente, reiteró que el tema central es mantener el principio de no retroactividad de la ley, como lo marca la Constitución.
“Más allá de si se consultó o no se consultó ese transitorio, lo que se incorporó tiene que revisarse. Desde mi punto de vista, cualquier nuevo amparo, aunque sea de un juicio anterior, a partir de la aprobación de la Ley de Amparo, ya se aplica lo nuevo”, concluyó.

























