En respuesta al riesgo que representa el gusano barrenador en México, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) activó el Dispositivo Nacional de Emergencia en Sanidad Animal.
A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) informó esta medida para evitar la propagación.
El acuerdo establece que las personas propietarias o responsables de animales como bovinos, porcinos, ovinos, caprinos, aves y otras especies susceptibles deberán tramitar el Certificado Zoosanitario de Movilización (CZM) para poder trasladarlos.
“Los interesados en realizar la movilización a nivel nacional, deben cumplir con lo establecido en las disposiciones legales aplicables, por lo que, respecto al ganado bovino, bufalino, bisontes, ovino, caprino y porcino, deberán presentar el Certificado Zoosanitario de Movilización (CZM), del mismo modo para la movilización de aves se deberá presentar dicho documento”, se indicó en el DOF.
Sader implementa dispositivo nacional de emergencia contra el gusano barrenador en animales
Además, la disposición aplica no solo a productores y veterinarios, sino también a laboratorios, importadores, exportadores y personas que transporten mascotas susceptibles a esta plaga.
“Los sujetos obligados mencionados en el artículo 3 del presente Acuerdo, deben notificar toda gusanera en cuanto sea detectada en heridas de animales susceptibles, al personal del SENASICA en la entidad federativa que corresponda (…) a través de la aplicación ‘AVISE’, al número telefónico de emergencias 800 751 2100, disponible las veinticuatro horas del día, los 365 días del año o bien al WhatsApp 55 3996 4462”, se especifica en el artículo 6 del Acuerdo.
Quienes soliciten el CZM deberán demostrar que los animales recibieron tratamiento previo contra el gusano barrenador. Este tratamiento incluye el uso de lactonas macrocíclicas de tres a cinco días antes del traslado, seguido de un baño con insecticida de efecto larvicida, ya sea por aspersión o inmersión.
En el caso de los equinos provenientes de zonas afectadas, el certificado deberá ser expedido por un Médico Veterinario Tercero Especialista Autorizado.
Finalmente, el acuerdo aclara que hay algunas excepciones:
“Quedan exceptuados de estas disposiciones, los cargamentos con ganado importado que ostenten un Certificado Zoosanitario para Importación (CZI); los de exportación a los Estados Unidos de América (EUA) y otros destinos amparados con un Certificado Zoosanitario para la Exportación (CZE)”, se indica en el apartado III, inciso B del artículo 6.
Esta medida busca proteger al sector pecuario nacional y contener cualquier riesgo sanitario que afecte la producción y la salud animal.
🚨 El Gobierno de México declaró emergencia nacional de sanidad por gusano barrenador
La medida implica controles estrictos y permisos especiales para mover ganado pic.twitter.com/UA7yqYD274
— Manuel Lopez San Martin (@MLopezSanMartin) December 2, 2025

























