Ciudad de México/Redacción:
Una Jueza Federal negó frenar la orden de captura en contra de Tomás Zerón de Lucio, quien fuera Director de la Agencia de Investigación Criminal (AIC) en el Gobierno de Enrique Peña Nieto, y a quien se le acusa de su presunta responsabilidad en el delito de tortura, desaparición forzada y coalición de servidores públicos en agravio de Felipe Rodríguez Salgado, alias “El Cepillo”, señalado por la entonces Procuraduría General de la República (PGR) como responsable de la desaparición de los 43 estudiantes de la Normal Rural de Ayotzinapa, en septiembre de 2014.
Luz María Ortega Tlapa, Jueza Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal, rechazó la protección de la justicia al quejoso, quien también impugnó la aprobación, promulgación y ejecución del Artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Vale referir que en dicha demanda de garantías, Zerón aseguró que el Juez de Control del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Sur no debió liberar la orden de captura el 23 de abril de 2021, por el delito de desaparición forzada, sino solo por el de tortura.
Por si fuera poco, el ex Director de la AIC alegó que no existen elementos que acrediten la tortura contra el presunto sicario de Guerreros Unidos, “dado que el Dictamen Psicológico Especializado para casos de Probable Tortura y otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes no concluyen que la tortura psicológica y las lesiones fueron producidas por la Policía Federal al momento de la detención, aunado a que las amenazas no son suficientes para acreditar el delito”.
Sin embargo, la Jueza indicó que los elementos que aportó el Agente del Ministerio Público Federal adscrito a la Unidad Especializada en Investigación y Litigación del Caso Ayotizinapa de la Fiscalía General de la República (FGR) y que tomó en cuenta el Juez de Control al momento de librar la orden de captura, son suficientes para acreditar la existencia del probable delito de tortura.
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En su resolución se precisó que “como se resolvió en el mandato de captura, con los mismos datos de prueba, es posible tener por demostrado, también a nivel de indicio razonable, que … fue él quien, valiéndose de su cargo…dio la instrucción de que al detenido…quien supuestamente había sido capturado por policías federales al haber sido encontrado en flagrancia de posesión de marihuana, fuera trasladado, sin justificación alguna, del lugar de su aseguramiento, esto es, el estado de Morelos, a la Ciudad de México, específicamente a las instalaciones de la agencia de la que era titular el imputado de mérito”.
Además, agrega que “en ese lugar, fue interrogado de manera ilegal, se videograbaron sus manifestaciones y a través de tortura física y psicológica, dirigida por Tomás Zerón quien en ese momento se desempeñaba como servidor público, se le obligó al detenido a confesar su intervención en los hechos relativos a la (desaparición de los normalistas) luego de lo cual, fue puesto a disposición de un agente del Ministerio Público de la Federación diferente del que debió conocer el hecho…”.
Ortega Tlapa, apuntó que, tan es así, que la causa penal que derivó en esa indagatoria se instruyó ante un Juzgado de Distrito residente en el estado de Morelos, donde supuestamente ocurrió la posesión de droga, mismo que después lo absolvió ante la evidencia de los actos de tortura para obtener confesión.
Finalmente, se presume que el delito contra Felipe Rodríguez se cometió durante un interrogatorio en 2015, y en el mismo, “El Cepillo” fue “amenazado de muerte” para que cooperara con la indagatoria sobre la desaparición de los estudiantes de la Normal Rural de Ayotzinapa en septiembre de 2014.
Agencias/Vox Populi Noticias






















