Ciudad de México / Redacción.-
Un juez federal ha concedido la primera suspensión provisional que resguarda a Cobre del Mayo contra todos los efectos de la reciente reforma minera, la cual fue promulgada por el Gobierno Federal el 8 de mayo.
El Juez Gabriel Regis ha confirmado que “se concede la suspensión provisional, para el efecto de que no se le aplique ninguna de las disposiciones del decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Minera, Ley de Aguas Nacionales, Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de concesiones para minería y agua”.
Este es el primer fallo de este tipo contra la totalidad de los efectos de la reforma minera, la cual fue apoyada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador y ratificada por el Congreso de la Unión.
El juez Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa ha concedido a la empresa Cobre del Mayo la suspensión, en tanto que indicó que hasta ahora, “los jueces se habían limitado a conceder algunas suspensiones, a empresas como First Majestic, pero sólo contra el artículo quinto transitorio de la reforma, que ordena a la Secretaría de Economía desechar todas las solicitudes para nuevas concesiones de exploración y explotación que se encontraban en trámite”.
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Según Regis, la reforma disminuye de 50 a 30 años la duración de las concesiones, instaurando la licitación como único procedimiento para otorgarlas, y obliga a consultas previas con comunidades indígenas que deben ser “remuneradas” con el 5 por ciento del proyecto.
Una de las justificaciones de las empresas para impugnar esta ley son las supuestas violaciones del procedimiento legislativo en el Senado, ya que la reforma minera fue una de las veinte aprobadas rápidamente por Morena y sus aliados el 28 de abril, durante el denominado “viernes negro”.
Es importante destacar que diputados de la oposición ya han presentado una acción ante la Suprema Corte de Justicia para anular esta reforma. El primer asunto que deberá examinar el tribunal será precisamente “el de vicios de procedimiento”.
En el caso particular de Cobre del Mayo, la suspensión provisional le protege de todos los efectos de la reforma, incluyendo la reducción de 50 a 30 años de la vigencia de las concesiones, las prórrogas de 25 años, el otorgamiento de concesiones mineras mediante un concurso público y una consulta previa a pueblos originarios, y la facilidad de revocación de la licencia por daños al medio ambiente.
Agencias / Vox Populi Noticias






















