Ciudad de México / Redacción.-
En una decisión histórica, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México ha determinado que las aerolíneas comerciales deben indemnizar a los pasajeros que se queden sin volar debido a la sobreventa de boletos. La indemnización deberá ser de al menos el 25 por ciento del costo del boleto, adicionalmente a proporcionarles alojamiento y transporte.
La Primera Sala de la Corte discutió las disposiciones de la Ley de Aviación Civil que regulan la responsabilidad de las aerolíneas comerciales cuando los pasajeros pierden un vuelo de conexión debido a la sobreventa. La Sala interpretó el artículo 54 de la Ley, que limita la responsabilidad de las aerolíneas en casos de vuelos de conexión, siempre y cuando esta conexión esté dentro del contrato entre la aerolínea y el pasajero.
Además, la Sala analizó el artículo 52 de la misma Ley, el cual establece que si una aerolínea vende boletos en exceso a la capacidad de la aeronave, negando el embarque a pasajeros por sobreventa, debe proporcionar a su elección: el reintegro del boleto; el transporte en el primer vuelo disponible más alimentación y hospedaje; o la reprogramación del vuelo en una fecha que convenga al pasajero.
Importante es que, si el pasajero elige la primera o la tercera opción, la aerolínea debe otorgar una indemnización de al menos el 25 por ciento del valor del boleto. La Sala consideró que el artículo 52 reconoce que la sobreventa de boletos puede causar daños más allá de la pérdida del vuelo, por lo tanto, consideró inconstitucional que las opciones uno y tres no permitan una compensación completa.
Por tanto, la SCJN concluyó que las aerolíneas comerciales deben indemnizar a los pasajeros a quienes se les niegue el abordaje por la sobreventa de los vuelos, independientemente de ofrecerles otras compensaciones como noches de hotel, transporte y la reprogramación de su vuelo. Esta resolución representa un avance significativo en la protección de los derechos de los pasajeros en México.
Agencias / Vox Populi Noticias