Ciudad de México/Redacción.-
La Cámara de Diputados de México ha aprobado una serie de reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia con el objetivo de proteger a las mujeres víctimas de agresión cuando se encuentren en situaciones de separación debido a hechos de violencia. Con un total de 424 votos a favor, esta reforma busca prevenir que los agresores puedan vender los bienes comunes compartidos en el hogar conyugal, evitando así el despojo de propiedades que podrían incluir vehículos, muebles y enseres.
Aunque la prohibición expresa de la venta de bienes ha sido eliminada, la reforma establece de manera clara que el agresor no podrá disponer de los bienes del hogar conyugal. Además, se exige que el agresor desocupe el domicilio que compartía con la víctima, garantizando al mismo tiempo el cumplimiento de las obligaciones contractuales relacionadas con la propiedad.
Uno de los puntos más importantes de esta reforma es que, en los casos en los que un juez ordene la desocupación del domicilio conyugal o de pareja por parte del agresor, se le notificará que está prohibido llevar a cabo acciones encaminadas a la enajenación de bienes comunes que estén bajo la sociedad conyugal, lo que incluye los objetos y enseres domésticos. Estas disposiciones estarán en consonancia con lo establecido en los Códigos Civiles vigentes de las distintas entidades federativas donde se implementen.
Adicionalmente, se contempla la solicitud de una fianza que sirva como garantía de que el agresor no hará un uso indebido de los bienes comunes de los que tenga posesión.
Con esta reforma, la Cámara de Diputados busca brindar una mayor protección a las mujeres que han sufrido violencia de género durante su relación y que, al separarse de sus agresores, puedan mantener sus derechos y propiedades intactos. El proyecto de reforma ha sido remitido al Senado de la República para su análisis y aprobación.
Agencias/Vox Populi Noticias























