Ciudad de México / Redacción.-
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha confirmado la decisión de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE), que había impuesto una multa de 10,374 pesos a Adán Augusto López Hernández.
La sanción se debe al incumplimiento reiterado de medidas cautelares por parte de López durante el proceso de selección del candidato presidencial de MORENA.
El PRD había impugnado la decisión, argumentando que la multa no era proporcional y que debería extenderse también al partido MORENA.
Sin embargo, el TEPJF determinó que la sanción fue el resultado de una medida de apremio, que se había dado después de un apercibimiento dirigido al exsecretario de Gobernación. Por esta razón, el órgano jurisdiccional consideró que la sanción no podría hacerse extensiva a MORENA.
La sanción se produce en un contexto de tensiones políticas en torno al proceso de selección del candidato presidencial del partido MORENA.
Las medidas cautelares que López incumplió no han sido detalladas, pero su incumplimiento reiterado llevó a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral a imponer la multa inicial.
El PRD, al impugnar la decisión, alegó que la multa no fue proporcional y que debería aplicarse también a Morena como entidad partidaria. Sin embargo, la postura del TEPJF ha sido clara en que la multa se originó como una medida de apremio específica contra Adán Augusto López.
Hasta el momento, ni MORENA ni Adán Augusto López han emitido declaraciones respecto a la confirmación de la sanción por parte del TEPJF.
Agencias / Vox Populi Noticias























