Ciudad de México / Redacción.-
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las infracciones cometidas por el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, la ex jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, y el entonces Gobernador del Estado de México, Alfredo del Mazo Maza, durante la inauguración del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).
La resolución llega 22 meses después del evento de inauguración, que tuvo lugar el 21 de marzo de 2022, y establece que los funcionarios violaron las reglas durante el periodo prohibido de la revocación de mandato.
Entre las infracciones confirmadas se encuentra la difusión de propaganda gubernamental, la vulneración de los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, así como el uso indebido de recursos públicos.
El caso se originó a raíz de las denuncias presentadas por el Partido Acción Nacional (PAN), que alegó que durante los actos de inauguración del AIFA y en las conferencias mañaneras del 21, 28 y 30 de marzo de 2022, así como en diversas publicaciones, se difundió propaganda gubernamental en un momento en que estaba prohibido por ley.
El PAN también afirmó que se destacaron los logros y proyectos del gobierno con el propósito de ganar el respaldo ciudadano, empleando recursos humanos y materiales del Estado para este fin.
La Sala Regional Especializada determinó previamente la existencia de estas infracciones, lo que llevó a las personas denunciadas a apelar ante la Sala Superior.
En una sesión pública presencial, el pleno del TEPJF confirmó que se difundió propaganda gubernamental de manera inapropiada y que se utilizó indebidamente recursos públicos en la organización y promoción de estos eventos, todos llevados a cabo durante el periodo prohibido de la revocación de mandato.
Sin embargo, la Sala Superior decidió revocar parcialmente la sentencia, argumentando que la Sala Especializada no analizó adecuadamente la responsabilidad de Alfredo del Mazo, limitándose únicamente al uso indebido de recursos públicos en este caso específico (SUP-REP-339/2023 y acumulados).