Ciudad de México/ Redacción.-
El pasado 27 de marzo publicaron en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México un decreto en el que se actualizaba la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la capital del país, estableciendo que la CURP para mascotas es obligatoria.
Si se llegara a presentar el caso en el que no se registre a un animalito, la persona podría obtener una multa y a continuación te decimos de cuánto.
¿Cuánto te van a cobrar si no tramitas la CURP de tus mascotas?
De acuerdo con el decreto, establece que el Registro Único de Animales de Compañía de la Ciudad de México (RUAC) o CURP para las mascotas es completamente gratis y también obligatorio para todos los fieles acompañantes de la capital.
Las personas que compren o adopten a un animalito tendrán la obligación de sacarles su CURP, con base en el artículo 4, fracción 34, Bis 1, de la Ley.
En caso de no registrar a tu mascota en el RUAC e incumplir con el artículo anterior podrás ser acreedor a una multa de 21 a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, por lo que la sanción va de 2 mil 279.97 pesos a 3 mil 257 pesos, o a un arresto administrativo de 25 a 36 horas por violaciones.