Faltan cinco días para las elecciones más grandes de México y una de las dudas más frecuentes es si el próximo domingo es feriado, es decir si los trabajadores deben descansar de forma obligatoria.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo señala que los días feriados o festivos son aquellos que tienen por objeto que las y los trabajadores celebren con libertad las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas, por lo que el descanso es obligatorio.
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece que el próximo 2 de junio sí es un día de descanso obligatorio para que los trabajadores y trabajadoras puedan acudir a las urnas a ejercer su derecho al voto.
Los trabajadores tienen derecho a que se les pague un salario doble, esto quiere decir que se deberá cubrir el salario diario normal más el doble y es independiente de la retribución que corresponde por el descanso obligatorio del día festivo.
Además, si el día de descanso obligatorio coincide con el día de descanso semanal, es decir con el domingo, la o el patrón deberá cubrir el pago de la prima dominical al trabajador, como lo señala el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.
Entonces ¿cómo se paga el 2 de junio? Los trabajadores deberán recibir el triple del salario por laborar ese día y si coincide con el día de descanso se añade la prima dominical.
Ciudad de México.-