El Servicio de Administración Tributaria (SAT) comunica a quienes tienen deudas que ahora pueden normalizar su situación fiscal mediante variadas alternativas de pago. En un anuncio oficial, se detalla que es factible liquidar el adeudo en hasta 36 plazos y solicitar una disminución de hasta el 100% en las multas impuestas.
Estas facilidades están dirigidas tanto a personas físicas como a jurídicas que presenten deudas determinadas por la autoridad o que hayan autodeterminado sus obligaciones fiscales a través de declaraciones. De esta manera, los contribuyentes pueden elegir entre dos opciones de pago:
1. Pago en plazos: Permite cancelar el adeudo en un periodo de hasta 36 meses, con un abono inicial mínimo del 20%. Las tasas de interés son fijas y varían según el tiempo seleccionado:
- 1 a 12 meses: 1.26 %.
- 13 a 24 meses: 1.53 %.
- 25 a 36 meses: 1.82 %.
2. Pago del SAT diferido: Con un abono inicial de al menos el 20 %; puede decidir cuándo liquidar el saldo restante en una sola exhibición, con un plazo máximo de 12 meses.
Además, los interesados tienen la oportunidad de solicitar una reducción de hasta el 100% en las multas —dependiendo de la antigüedad de su deuda— así como una disminución en la tasa de recargos. Es esencial que los contribuyentes abonen la parte no reducida dentro del tiempo establecido para que se apliquen los beneficios.
El SAT subraya la importancia de esta iniciativa como una oportunidad para que los contribuyentes regularicen sus deudas y promuevan la formalidad fiscal.
Por Jorge Capetillo























