Si se comenzó a cotizar bajo el Régimen del 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) hay acceso a mejores opciones de jubilación, como la conocida Modalidad 40.
—La Modalidad 40, o Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio, permite a las personas trabajadoras seguir cotizando al IMSS aunque sus empleadores las hayan dado de baja, para así mejorar sus condiciones de pensión—.
Es importante tener en cuenta que, en 2025, quienes se encuentren en la Modalidad 40 verán un aumento del 13.34% en el salario registrado.
—Este incremento forma parte de las reformas a la Ley del Seguro Social y el ajuste gradual se reflejará al inicio de cada año, a partir de enero de 2025—.
Los jubilados deberán hacer un pago mensual al IMSS. Será desde 1 hasta 25 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Esto, para poder acceder a una mejor pensión.
Solo quienes han sido dados de baja por sus patrones ante el IMSS, pueden inscribirse en la Modalidad 40. Pero deben hacerlo de manera voluntaria para continuar cotizando al instituto.
Requisitos para inscribirse a la Modalidad 40 del IMSS
La inscripción se puede realizar en línea o de manera presencial en la subdelegación, con los siguientes documentos:
En línea y presencial:
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Número de Seguridad Social (NSS).
- Correo electrónico.
En subdelegación:
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Identificación oficial vigente (original y una copia).
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Escrito libre solicitando la inscripción a la Modalidad 40, con firma autógrafa o huella digital (original y una copia).
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Comprobante de domicilio (original y una copia).
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El recibo de pago de la cuota obrero patronal se entregará una vez que la solicitud haya sido aprobada.
Los trabajadores dados de baja pueden continuar cotizando y mejorar su pensión para su jubilación, si siguen estos pasos.























