Una jueza federal ordenó a la alcaldía Benito Juárez no otorgar permisos para eventos que impliquen maltrato animal. En el caso de las corridas de toros en la Plaza México, la resolución establece que no se podrán utilizar instrumentos que lastimen a los toros.
La jueza Sandra de Jesús Zúñiga, del Quinto Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, concedió un amparo a la organización Todas y Todos por Amor a los Toros. Limitando solo la emisión de permisos para espectáculos que generen sufrimiento animal.
Sin embargo, esta sentencia no es definitiva. Las autoridades aún pueden interponer un recurso de revisión ante un Tribunal Colegiado, por lo que, por ahora, la resolución no es de cumplimiento obligatorio.
¿Cómo afecta a las corridas en la Plaza de Toros México?
De acuerdo con la resolución, si la alcaldía otorga permisos para corridas de toros, estos no podrán incluir actividades o instrumentos que causen daño físico o psicológico a los animales.
“Y para el caso de que dicha autoridad, en el ejercicio de sus facultades, determine emitir permisos para las corridas de toros, éstos no podrán contener actividades o instrumentos que impliquen el maltrato animal en términos de la presente ejecutoria, como lo es, el ‘acero’, ‘cachetero’, ‘puntilla’, ‘pinche’, ‘puya o pica’, ‘muleta’, y cualquier otro que pudiera ocasionar un daño físico o psicológico”, señala el fallo.
Estos instrumentos incluyen:
- Acero: la espada o estoque utilizado por los toreros.
- Cachetero: puñal corto y agudo usado para rematar a los toros.
- Puntilla: instrumento corto con el mismo propósito.
- Puya o pica: punta cónica triangular usada para picar al animal.
Derechos humanos y bienestar animal
La jueza argumentó que ninguna actividad que se considere cultural puede estar por encima de los derechos humanos, ni justificar el sufrimiento innecesario de los animales.
“Consecuentemente, toda vez que los actos de tauromaquia o corridas de toros a que se refieren los artículos impugnados, implican la práctica de maltrato y el sufrimiento innecesario de toros de lidia, sin que para ello se estime sea válido invocar a su favor un derecho cultural, pues tal derecho no ampara actos de violencia y tortura en contra de los animales, se considera que tal conjunto normativo transgrede el derecho a un ambiente sano”, establece la sentencia.
Además, recordó que existen diversas leyes que prohíben actos de crueldad animal, como la Ley General de Vida Silvestre y la Ley de Protección a los Animales en la Ciudad de México. Estas buscan garantizar un trato digno a todas las especies.
Lo que sigue en el proceso
Aunque la sentencia representa un paso importante en la lucha contra el maltrato animal, la resolución podría ser impugnada. Por ahora, la alcaldía Benito Juárez deberá abstenerse de autorizar eventos que impliquen daño a los animales, mientras se define si la decisión será ratificada o revocada en instancias superiores.
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