La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este lunes que es constitucional el traspaso del control de los puertos a la Secretaría de Marina (SEMAR), una medida impulsada en 2020 durante el sexenio de Andrés Manuel López Obrador y avalada por el Congreso con reformas a tres leyes.
Con ocho votos a favor y dos en contra, el Pleno de la Corte rechazó una acción de inconstitucionalidad presentada por senadores de la Oposición, quienes habían argumentado que las tareas portuarias no debían quedar en manos de las Fuerzas Armadas, ya que durante décadas fueron competencia de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
La mayoría de los ministros —recordó— que en septiembre de 2023 se reformó el artículo 129 de la Constitución. Con ese cambio, se permite que la Semar y la Sedena participen en tareas no estrictamente militares, eliminando una restricción vigente desde 1917.
Además, señalaron que el Congreso actuó dentro de sus facultades al reorganizar la administración pública federal para permitir que la Semar asumiera estas responsabilidades.
“Los límites previstos por el artículo 129 Constitucional han sido modificados drásticamente, y la Secretaría de Marina puede válidamente involucrarse en otro tipo de actividades distintas a la disciplina militar”, explicó el ministro Juan Luis González Alcántara.
También detalló que la SEMAR deberá respetar las mismas normativas administrativas que otras dependencias, incluyendo leyes ambientales y de adquisiciones públicas. Esto implica, por ejemplo, evitar la contaminación de embarcaciones y encargarse de otorgar permisos o concesiones portuarias.
SCJN avala control de puertos por la Marina
González Alcántara subrayó que la Secretaría de Marina no se limita a tareas militares, y que todo el personal civil de la SICT que trabajaba en puertos y marina mercante fue transferido a la Marina.
Desde la minoría, la presidenta de la Corte, Norma Piña, junto con el ministro Javier Láynez, defendió la postura contraria.
“Cualquier otra función no reconocida en la Constitución, no es disponible para el legislador ordinario, ni siquiera por libre configuración de la administración pública”, afirmó Piña.
La transferencia a la Marina incluye el control de 18 administraciones portuarias, regulación sobre la marina mercante, y ha sido el punto de partida para que la Semar también tenga a su cargo aeropuertos como el de la Ciudad de México, aduanas marítimas, una empresa turística en las Islas Marías y proyectos relacionados con el Tren Transístmico.
Facultades transferidas a la Semar en 2020:
- Ejercer la Autoridad Marítima Nacional en costas, zonas marinas, puertos y terminales.
- Regular y organizar la marina mercante.
- Construir y mantener obras marítimas, portuarias y de dragado.
- Otorgar contratos, concesiones y permisos para transporte por agua.
- Administrar puertos centralizados y coordinar los de administración paraestatal.























