La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha pedido al gobierno de Puebla que revise la reforma contra el “ciberasedio” recientemente promulgada por el Congreso local.
A través de un comunicado, la CNDH solicitó la revisión del artículo 480 del Código Penal poblano. De esta forma, señalando que la tipificación del delito de ciberasedio es poco clara.
“La CNDH considera que el texto del artículo 480 presenta ambigüedades que podrían dar lugar a restricciones indebidas al derecho a la libertad de expresión, particularmente cuando se trate de opiniones, críticas o manifestaciones en contextos de interés público”, indicó el organismo en su comunicado.
Puebla: CNDH pide aclarar artículo sobre “ciberasedio”
Además, la CNDH —instó— a las autoridades estatales a revisar dicho artículo. Con ello, para garantizar el cumplimiento del principio de legalidad y prevenir el uso del derecho penal como un medio indirecto para censurar o inhibir el ejercicio. El cual tiene que ver con el derecho a manifestar ideas, pensamientos y opiniones a través de cualquier medio.
El boletín de prensa 454, emitido el 12 de junio de 2025. Describe la tipificación como el uso de tecnologías de la información y comunicación. Como redes sociales, correos electrónicos y otros espacios digitales. Para insultar, injuriar, ofender o agraviar a una persona con la insistencia suficiente para causar daño a su integridad física o emocional.
La reforma establece que “se le impondrá la pena de 11 meses a tres años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento de la comisión del delito”.























