El Instituto Nacional Electoral (INE) aseguró haber actuado conforme a la Constitución al declarar inelegibles a 45 aspirantes al Poder Judicial que no cumplieron con los promedios académicos requeridos. Así lo señaló el consejero Jaime Rivera, quien subrayó que fue el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) quien reinterpretó la norma.
“Nosotros aplicamos lo que la ley dice; el Tribunal hizo una interpretación diferente de la ley. Los promedios están en la ley, no los inventó el INE”, afirmó Rivera.
El pasado 26 de junio, el Consejo General del INE decidió, en una votación dividida, retirar el triunfo a 24 magistrados y 21 jueces que no lograron un promedio mínimo de 8 en su licenciatura en Derecho o 9 en las materias de especialidad correspondientes. El Instituto argumentó que la Constitución le otorga facultades para revisar nuevamente los requisitos de elegibilidad antes de entregar constancias de mayoría, y criticó a los Comités de Evaluación de los tres Poderes por no detectar esas deficiencias.
Sin embargo, el miércoles pasado, magistrados del bloque afín al Gobierno acusaron al INE de extralimitarse. Argumentaron que esa revisión ya había sido realizada por los Comités. Con los votos de Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, el Tribunal decidió devolver el triunfo a 15 de los candidatos afectados, y se espera que hagan lo mismo con los otros 30.
INE aclara postura por promedios académicos inelegibles; acusan arbitrariedades
El viernes, el magistrado De la Mata presentó varios proyectos que restituirán el triunfo a más candidatos, basados en ese nuevo criterio. En uno de ellos señala:
“Al haberse pronunciado sobre una cuestión reservada a los Comités de Evaluación, el Consejo General del INE incurrió en una extralimitación de facultades que resulta contraria al marco normativo aplicable, lo cual hace fundados los agravios planteados por la parte actora”.
De la Mata también indicó que el INE agrupó materias de especialidad de forma arbitraria. Lo que provocó que algunos aspirantes no alcanzaran el promedio de 9. Por ejemplo, a Sixto Iván Rivera López le asignaron un 7.8 y a Norma Leticia Aguilar Estrada un 8.3.
Para Arturo Espinosa, director de Laboratorio Electoral, la decisión del Tribunal fue contradictoria. Recordó que antes había avalado la facultad del INE para hacer una segunda revisión de requisitos.
“El Tribunal había dicho que sí tenía facultad el INE, que había dos momentos para revisar los requisitos, el miércoles dijo que no. La peor actuación en todo el proceso es del Tribunal Electoral”, comentó.
Añadió que lejos de dar claridad, el Tribunal está generando incertidumbre:
“El Tribunal genera muchísima confusión, su actuación ha sido terrible”, concluyó.























