La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tendrá que garantizar la entrega de anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis externas a menores de edad con discapacidad auditiva; dicha resolución se aprobó con el voto en contra de la ministra Lenia Batres Guadarrama.
Asimismo, la decisión surge de la declaratoria de inconstitucionalidad 13/2025. Elaborada bajo la ponencia de María Estela Ríos González. En ella se concluye que la norma del Seguro de Enfermedades y Maternidad que excluía estos insumos a su vez, vulneraba el interés superior de la niñez y el derecho a la salud.
Durante la sesión de este martes, la ministra explicó que el fallo tiene origen en un amparo previamente resuelto por la extinta Segunda Sala. En ese caso, se ordenó al IMSS brindar atención y tratamiento integral a un menor con discapacidad auditiva al que se le había negado la cobertura. SCJN ordena cubrir apoyos a niños con discapacidad auditiva.
“Este derecho se hará extensivo para todos los niños, niñas y adolescentes que estén en las condiciones que establece la declaratoria de inconstitucionalidad”, expuso al presentar su proyecto.
Como parte de la resolución, se invalidó el Artículo 42, fracción II, del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS. El cual establecía que el Seguro de Enfermedades y Maternidad y los servicios médicos institucionales no cubrían este tipo de insumos.SCJN ordena cubrir apoyos a niños con discapacidad auditiva.
SCJN ordena cubrir apoyos a niños con discapacidad auditiva
Por su parte, la ministra Lenia Batres manifestó su desacuerdo con la decisión. Argumentó que no es posible emitir una declaratoria general de inconstitucionalidad sin conocer las implicaciones presupuestales.
En este sentido, señaló que estos insumos no forman parte del compendio de medicamentos y materiales de cobertura universal. Lo que —a su juicio— limita la capacidad del IMSS para garantizar su entrega total. De igual modo, advirtió que la medida podría generar desequilibrios en la asignación de recursos dentro del sistema de salud.
“Lo constitucionalmente exigible es la garantía de que su acceso sea evaluado caso por caso, conforme a criterios médicos objetivos y disponibilidad de recursos. Por ello, una declaratoria de inconstitucionalidad podría resultar excesiva”, dijo.
SCJN ordena cubrir apoyos a niños con discapacidad auditiva. Argumentando por último, que:
“No podíamos presumir que el IMSS tenga capacidad material y financiera para proporcionar estos insumos de forma generalizada, sin contar con evidencia técnica de infraestructura, presupuesto y recursos”.























