El registro del número celular con la CURP ya es obligatorio desde el 9 de enero del 2026, como parte de una medida promovida por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT).
Dicha estrategia a su vez, busca identificar a los titulares de cada línea móvil para ayudar a combatir delitos como extorsiones, fraudes y llamadas anónimas. Sin embargo, no todos los servicios telefónicos entran en la misma obligación.
Con el plazo por vencer en poco menos de un mes, muchas personas tienen dudas sobre si deben realizar el trámite o si su línea queda fuera de esta medida.
Registro del número celular: ¿Quién debe hacerlo?
Durante el mes de junio, el registro será obligatorio para la mayoría de los usuarios con líneas móviles activas. Entre ellos se encuentran los siguientes:
- Usuarios con líneas de prepago.
- Personas que cuentan con planes de renta o pospago.
- Usuarios con eSIM.
- Personas que compraron chips antes de enero de 2026.
Registro del número celular: ¿Quién debe hacerlo? La medida aplica para todas las líneas celulares. —Sin importar la compañía— telefónica con la que se tenga contratado el servicio.
¿Qué ocurre si no se registra el número?
Quienes no completen el registro antes del 30 de junio podrían quedarse sin servicio a partir del 1 de julio.
De acuerdo con la medida, las compañías telefónicas podrán suspender funciones básicas de la línea, como realizar y recibir llamadas, enviar y recibir mensajes de texto, así como utilizar datos móviles.
En esos casos, los usuarios solo conservarán el acceso a llamadas de emergencia y a la comunicación directa con su compañía telefónica.
¿Quiénes no están obligados a registrar su línea?
Las autoridades contemplan algunas excepciones dentro del registro obligatorio. No deberán realizar el trámite las líneas que no permiten hacer llamadas de voz ni enviar mensajes de texto.
Registro del número celular: ¿Quién debe hacerlo? De igual modo, quedan fuera las líneas destinadas a emergencias, atención ciudadana y servicios gubernamentales.
—Fuera de esos casos—, el resto de los usuarios deberá completar la vinculación antes de la fecha límite.
¿Las empresas también deben registrar sus líneas?
Sí, las empresas también deberán registrar las líneas utilizadas por trabajadores, áreas operativas o servicios internos.
En estos casos, el trámite se realiza con el RFC y la razón social de la empresa, en lugar de la CURP de una persona física. Además, las empresas no tendrán límite en la cantidad de líneas que pueden registrar.
Es importante saber, que el trámite puede realizarse de forma presencial o en línea, según las opciones que ofrezca cada compañía telefónica.
Registro del número celular: ¿Quién debe hacerlo? De manera presencial, el usuario debe acudir a un Centro de Atención a Clientes con una identificación oficial vigente; como INE o pasaporte, además de su CURP.
En línea, deberá ingresar al portal oficial de su compañía, subir una identificación oficial vigente, la CURP y completar una prueba de vida.
Cabe recordar, que las líneas que sean suspendidas podrán reactivarse una vez que el titular concluya correctamente el trámite obligatorio de vinculación.























