Ciudad de México/Redacción:
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló penas de entre ocho y hasta 16 años de prisión para quienes trafiquen personas indocumentadas en México.
Por su parte, el máximo tribunal nacional declaró que “la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la pena de ocho a dieciséis años de prisión prevista en el artículo 159, fracción III de la Ley de Migración, es para castigar el delito de tráfico de indocumentados es constitucional”.
También, la SCJN señaló que la decisión se deriva de la revisión de una sentencia de amparo directo concedida a una persona condenada por el delito antes mencionado.
Por lo que en su sentencia dicha dependencia retomó las consideraciones de constitucionalidad vertidas en precedentes relativos al artículo 138 de la Ley General de Población, cuyo contenido se reprodujo en la Ley de Migración en la porción normativa analizada.
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Además, la SCJN señaló que la pena “no resulta desmedida” en comparación con penas para otros delitos que atentan contra los flujos migratorios, la salud pública, los derechos humanos de los inmigrantes, el respeto al orden jurídico y la seguridad nacional.
Por tanto, el SCJN concluyó que es acorde con el principio de proporcionalidad establecido en el artículo 22 constitucional.
Agencias/Vox Populi Noticias






















