Ciudad de México / Redacción.-
Este trámite es obligatorio en la Ciudad de México desde el pasado 27 de marzo, de acuerdo con la publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno de la capital, misma que se trató de la modificación de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales.
Este vendría siendo el equivalente a la Clave Única de Registro de Población (CURP), y gracias a este se reconocerá a los animales de compañía como habitantes de la Ciudad de México y se les otorgará ciertos beneficios para su bienestar al tener su propio sistema de identificación.
¿De cuánto es la multa por no tramitar el RUAC?
Tras la modificación al artículo 66 de la Ley de Protección de los Animales de la Ciudad de México, los titulares de mascotas que no realicen su registro podría recibir multas de entre 2 mil 279 pesos hasta y 3 mil 365 pesos, aparte también enfrentarían un arresto de 24 a 36 horas, según la gravedad de los casos en cuestión.
Estos montos fueron tasados según el valor de la actual Unidad de Medida y Actualización (UMA), la cual se encuentra fijada en 108.57 pesos.
¿Cómo registrar a mi mascota en el RUAC?
Primeramente, debes acceder a la plataforma de la Agencia de Atención Animal (AGATAN) para registrar a tu mascota, creándote un usuario con tu información (https://www.ruac.cdmx.gob.mx/).
Aquí deberás proporcionar la siguiente información:
- Edad
- Sexo
- Escolaridad
- Teléfono
- Tipo de vivienda
- Dirección
Para generar la clave única dentro del RUAC tendrás que también proporcionar los siguientes datos:
- Aspectos generales (como nombre y especie)
- Información sobre el hogar de la mascota
- Aspectos físicos para perros o gatos
- Fotografías de la mascota desde diferentes ángulos (frontal, trasera, derecha, izquierda y superior)
- Detalles sobre cualquier forma de identificación previa (si corresponde)
Agencias / Vox Populi Noticias