El Servicio de Administración Tributaria (SAT) sorprendió con una buena noticia: los contribuyentes tendrán más tiempo para habilitar el Buzón Tributario sin preocuparse por multas.
Según la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, publicada este lunes en el Diario Oficial de la Federación, las sanciones por no activar el Buzón se aplicarán hasta el 1 de enero de 2026, y no en 2025 como inicialmente se había establecido, de acuerdo con información de Bloomberg.
El Buzón Tributario es el canal oficial de comunicación entre el SAT y los contribuyentes. Desde el 2020 es obligatorio habilitarlo, y quienes no lo hagan enfrentan multas que van de los 3, 850 a los 11, 540 pesos. Sin embargo, gracias a esta prórroga, los usuarios tendrán todo el 2025 para cumplir con este requisito sin penalizaciones.
¿Quiénes deben habilitar el Buzón Tributario?
El SAT señala que esta obligación aplica para todas las personas físicas y morales inscritas en el RFC, excepto para:
- Personas físicas y morales con una situación fiscal de cancelados o suspendidos.
- Personas físicas sin ningún tipo de obligación fiscal, ni actividad económica.
- Contribuyentes asalariados o asimilados cuyos ingresos en el ejercicio anterior sean menores a 400 mil pesos.
Si estás en alguno de estos casos, no necesitas preocuparte por habilitar el Buzón.
¿Cómo habilitar el Buzón Tributario?
Para quienes sí deben activarlo, el proceso es sencillo:
Ingresa al portal del SAT (https://www.sat.gob.mx/home).
Haz clic en el botón “Buzón Tributario”.
Accede con tu RFC y Contraseña o e.firma vigente.
En la sección de Configuración, registra un correo electrónico y un número de celular como medios de contacto.
El SAT detalla que, tras realizar este registro, “dentro de las 72 horas siguientes es importante confirmar los medios de contacto.
Para ello, se enviará un correo electrónico con una liga de confirmación y un mensaje SMS con un código. Es importante saber, que ambos deben verificarse para completar el proceso”.
Con esta extensión de plazo, los contribuyentes tienen una oportunidad más para ponerse al día con sus trámites fiscales sin riesgos de multas. Pero no olvides: la nueva fecha límite es el 31 de diciembre de 2025.























