La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación decidió desechar la impugnación que presentó la ministra Loretta Ortiz Ahlf, luego de que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó retirar publicaciones relacionadas con su participación en un evento del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME).
—La decisión del tribunal se basó— en que el recurso fue presentado fuera del plazo legal. Según el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña. Los jueces concluyeron que Ortiz interpuso la demanda después de las 48 horas permitidas para hacerlo. A pesar de que ella argumentó que el conteo debía iniciar desde la segunda notificación, enviada por correo electrónico.
Los magistrados no estuvieron de acuerdo. Indicaron que la notificación electrónica se activó solo después de que personal de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral acudió al domicilio para entregar el aviso en persona y no encontró a nadie. Por eso, se tomó como válida la primera notificación para efectos legales.
TEPJF rechaza impugnación de la Ministra Ortiz ante el INE por extemporánea
Con esta resolución, siguen vigentes las medidas cautelares que dictó el INE. Estas se relacionan con el “Foro informativo sobre la elección de cargos del Poder Judicial”. Organizado por el SME y al que asistieron la ministra Loretta Ortiz y representantes de la Cooperativa Cruz Azul.
—Asimismo, el órgano electoral, consideró que ese foro no cumplió con las reglas de equidad establecidas para este tipo de espacios y ordenó que se bajarán los videos y publicaciones del evento—.
Así, tanto el sindicato como la ministra deberán eliminar el contenido relacionado del canal de YouTube, la página web del SME, la red social X. Y por último, cualquier otra plataforma donde haya sido difundido.
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