La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió que la población en general debe conocer cuántas emisiones de metano genera Pemex Logística. Por unanimidad, la Primera Sala resolvió que esta información no puede mantenerse en secreto, ya que es de interés ambiental y no representa un riesgo para la seguridad nacional.
Esto significa que la petrolera deberá dar a conocer, con cifras claras, cuántos gramos, kilogramos o toneladas de metano lanza a la atmósfera cada pozo, componente o equipo incluido en el diagnóstico.
Aunque Pemex Logística no es la filial que más contamina —el 85 % del metano proviene de la exploración y producción de hidrocarburos—. Por ello, la Corte remarcó que el acceso a estos datos beneficia al público.
“Poner a disposición de la ciudadanía el dato concreto sobre la cantidad de emisiones de metano que los regulados (Pemex) generan por las actividades que realizan en el sector hidrocarburos, conlleva un beneficio público y que de ninguna manera genera un riesgo en la seguridad nacional ni la confidencialidad en los procesos industriales”, explicó la Corte.
Además, —resaltó— que compartir esta información ayuda a generar confianza en las autoridades encargadas de controlar y prevenir los daños ambientales. Y con ello, permite evaluar si el país cumple con sus compromisos legales e internacionales.
SCJN ordena transparentar emisiones de metano de Pemex
México, se comprometió en 2018 a reducir las emisiones de metano del sector hidrocarburos entre 40 y 45 % para el año 2025.
—Mediante su informe de sostenibilidad del año 2023. La paraestatal dio por asegurado— haber recortado las emisiones en 14.6 por ciento, llegando a 665 mil toneladas. Sin embargo, el diagnóstico sobre estas emisiones bajo resguardo de la Agencia de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente (ASEA) no había sido compartido; pues dicha institución se negó a entregarlo a una persona que lo solicitó.
Esa negativa fue respaldada en su momento por el desaparecido INAI. Ahora, será la oficina de Transparencia para el Pueblo —dependiente de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG)— quien deberá cumplir con la sentencia.
Cabe mencionar, que la Corte también avaló que la metodología, los procesos industriales. Así como los datos específicos de los pozos, componentes e instalaciones, sigan siendo confidenciales, bajo reserva por seguridad nacional y secreto industrial.























