La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó la validez de la elección del Tribunal de Disciplina Judicial, desestimando una vez más los acordeones como un factor que influyó en el proceso electoral.
A pesar de que se presentaron 87 acordeones como pruebas físicas y 255 digitales. Las magistraturas concluyeron que no hay evidencia suficiente para probar que se distribuyeron. El resultado final fue de tres votos a favor y dos en contra.
El magistrado Felipe de la Mata explicó que la mayoría de las pruebas físicas provienen de la Ciudad de México, lo que dificulta acreditar su distribución a nivel nacional.
En sus palabras, mencionó:
“Se me ocurren muchísimas maneras de saber si son distribuidos, por ejemplo, levantando entrevistas, efectivamente. Pero esos son los estándares normales. Ahora, tales elementos no acreditan nada más allá de su existencia en autos. Pues no permiten acreditar las circunstancias de su elaboración ni su difusión ni su uso indebido el día de la jornada, es más, debido o indebido, y menos la existencia de una estrategia ilegal generalizada en todo el país con 87 acordeones.”
Por su parte, la magistrada presidenta, Mónica Soto, sostuvo que el uso de acordeones no está comprobado. De esta forma, calificándolo como una simple sospecha sin pruebas que demuestren su impacto en la elección.
“No hay una sola prueba, los acordeones que están en los expedientes no están probados que fueron utilizados ni mucho menos que incidieron, porque también queda la duda de si se imprimieron después de la jornada electoral, en fin, no hay una sola prueba de ello como para pretender anular una elección”, subrayó.
TEPJF valida elección del Tribunal de Disciplina Judicial
El magistrado Felipe Fuentes indicó que las pruebas presentadas son insuficientes para invalidar la elección. Ya que no detallan el tiempo, lugar ni modo en que los acordeones habrían sido distribuidos.
“Yo puedo concluir que no es posible declarar la nulidad, a partir de especulaciones, sustentadas precisamente en documentales privadas y pruebas técnicas que no están adminiculadas y que, además, tampoco generan, no una prueba diabólica, sino por lo menos un dato que nos permita construir la prueba circunstancial y que nos permita, como juzgadores, valorar la racionalidad de esos hechos que se están aduciendo”, explicó.
En su voto en contra de la validez, el magistrado Reyes Rodríguez criticó que no se consideraran los acordeones ni su posible influencia en el resultado de la elección. Argumentó que no se sabe su origen y asumió que terminaron creados por la ciudadanía.
“El proyecto prácticamente exige que se pruebe que los acordeones fueron distribuidos en cada una de las casillas, que fueron usados por las personas votantes y que votaron conforme a ellos, modificando con ello la forma en la que originalmente iban a votar, incluso hace afirmaciones de que se debe demostrar que cambiaron el sentido de su voto”, expresó.























