SCJN confirma cobro a plataformas delivery por infraestructura urbana. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que es totalmente constitucional el cobro del 2 % sobre las comisiones que las plataformas digitales generan por la entrega de mercancías.
De acuerdo con el fallo, se trata de un cobro legítimo por el “uso o aprovechamiento de la infraestructura urbana”, como las calles y avenidas de la Ciudad de México. Este cargo existe desde el Paquete Fiscal 2022, pero Uber se amparó en febrero de ese año al argumentar que la medida violaba principios fiscales.
El pleno de la Corte resolvió que el ingreso previsto en el artículo 307 TER del Código Fiscal de la Ciudad de México no corresponde a una contribución en sentido estricto. Si no que tiene naturaleza jurídica de “aprovechamiento”.
Concebido como una medida compensatoria por los impactos que la operación de estas plataformas genera en la movilidad de la capital. La Secretaría de Administración y Finanzas reiteró que este aprovechamiento está dirigido:
“Únicamente a las plataformas digitales de intermediación y de ninguna manera el pago está a cargo de los repartidores ni de los que ofrecen las mercancías o víveres, y tampoco a quienes adquieren esos bienes”.
Repartidores cuestionan impacto del cobro por infraestructura en plataformas de delivery
Aun así, decenas de integrantes de Repartidores Unidos de México (RUM) protestaron afuera de la SCJN para expresar su inconformidad. Uno de ellos señaló su preocupación por nuevos costos:
“Ya tenemos que pagar impuestos, como el IVA y el ISR y lo de la reforma laboral, y siempre quieren más. Este impuesto va a tener mucho impacto en los ingresos que podemos llevar a nuestras casas cada día”.
Repartidores tendrán derechos laborales desde 2025
Además del debate por el cobro del 2 %, los repartidores están próximos a enfrentar otro cambio importante. Desde el 22 de junio de 2025, la reforma a la Ley Federal del Trabajo reconoce a conductores y repartidores de Uber, Didi y Rappi como empleados con derechos laborales. Lo que les dará acceso a prestaciones como IMSS, Infonavit, vacaciones y aguinaldo.
La reforma aplica para los repartidores que acumulen al menos 80 horas de trabajo al mes o perciban un ingreso equivalente al salario mínimo mensual de $8,354 pesos.
Con ello, las plataformas deberán registrar a los trabajadores que cumplan con estos criterios y otorgar sus prestaciones. Además de garantizar contratos formales y mayor transparencia en los algoritmos que asignan viajes y pedidos.

¿Por qué hay desacuerdos?
Por su parte, algunos trabajadores de plataforma consideran que estos cambios podrían afectar su libertad para organizar horarios. Otros trabajadores temen que sus ingresos económicos disminuyan, considerando que uno de cada tres conductores podría dejar la plataforma debido a este impacto.
También persiste incertidumbre sobre cómo se aplicarán los nuevos cálculos de aportaciones, descuentos y ajustes en los algoritmos. Sin perjudicar a quienes dependen de estas aplicaciones para generar ingresos.























