El Instituto Nacional Electoral (INE) salió a precisar su papel en la iniciativa ciudadana de reforma electoral promovida por la asociación Salvemos México, presentada ante la Cámara de Diputados.
A través de una ficha informativa, el organismo aclaró que no “validó” el contenido de la propuesta. Como lo afirmó el pasado lunes la presidenta de San Lázaro, Kenia López Rabadán, sino que únicamente realizó una verificación técnica —de los requisitos establecidos— en la ley.
Asimismo, el órgano electoral explicó que su participación en este tipo de trámites es estrictamente administrativa. Y, que a su vez, se limita a revisar que se cumpla con el número de firmas ciudadanas exigidas. Esto, para que una iniciativa pueda ser presentada formalmente.
“Se limita, de manera estricta, a la verificación del cumplimiento de los requisitos formales establecidos en la ley, particularmente la acreditación del número de firmas ciudadanas requeridas y que respaldan estos procesos de participación ciudadana”, apuntó.
Por otra parte, —el organismo subrayó— que este procedimiento no implica ningún tipo de análisis sobre el contenido de la iniciativa ni un posicionamiento institucional.
“No incluye la evaluación, aval o pronunciamiento alguno sobre el contenido de dichas iniciativas”.
INE informa que no avaló iniciativa ciudadana de reforma electoral
La aclaración surgió luego de que el día lunes, Kenia López Rabadán asegurara que el INE había validado la propuesta de reforma. La cual busca modificar cinco artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
“El INE validó esta propuesta, que busca reformar cinco artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recibió los 136 mil 875 registros que representan el 0.13 por ciento de la Lista Nominal de Electores, como marca la legislación en la materia”.
Ante ello, el Instituto recordó que el artículo 71, fracción IV, de la Constitución. A su vez, establece que las iniciativas ciudadanas deben contar con el respaldo de al menos el 0.13 por ciento de la Lista Nominal de Electores. Requisito que es el único que verifica.
“En este procedimiento, la Carta Magna no asigna al INE atribución alguna para revisar o calificar el contenido de las propuestas, sino, exclusivamente verificar el cumplimiento del porcentaje de firmas exigido, así como la validez de las mismas, actuando como una autoridad técnica y certificadora del proceso de captación y verificación del apoyo ciudadano”.
Ya por último, el INE dejó claro que cualquier análisis sobre el fondo de las iniciativas corresponde únicamente al Poder Legislativo.
“El INE no analiza, avala ni rechaza el fondo, mérito, constitucionalidad o viabilidad política de las iniciativas ciudadanas. Esa función corresponde de manera exclusiva al Congreso de la Unión, por medio de la Cámara de Diputados y, en su caso, del Senado de la República, como parte del proceso legislativo ordinario”.























