La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó vigentes las reformas a la Ley Federal de Derechos que permiten enviar recursos del turismo y de servicios aeroportuarios a las Fuerzas Armadas de México.
Dicha decisión se relaciona con cambios aprobados —durante el mandato— del expresidente Andrés Manuel López Obrador. Estas modificaciones establecieron nuevos destinos para ingresos generados por visitantes extranjeros y derechos aeroportuarios.
SCJN avala recursos de turismo y de servicios aeroportuarios a Fuerzas Armadas. El caso llegó al pleno de la Corte por una acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición. Mismos que impugnaron cambios a los artículos 18-A y 220-A de la Ley Federal de Derechos.
Sin embargo, por mayoría de votos, el alto tribunal determinó que ya no era procedente estudiar el fondo del reclamo. Cabe señalar, que esto ocurrió porque los senadores cuestionaron el decreto publicado en noviembre de 2023. Pero el Congreso de la Unión modificó esas disposiciones durante el mes de diciembre de 2024.
SCJN avala recursos de turismo y de servicios aeroportuarios a Fuerzas Armadas
Por su parte, la ministra Loretta Ortiz Ahlf propuso sobreseer lo relacionado con el artículo 18-A y validar el artículo 220-A. Con ello, las reformas quedaron firmes en lo que refiere a los términos vigentes.
Antes de la reforma de diciembre de 2024, el artículo 18-A ordenaba destinar todos los ingresos del derecho que pagan visitantes extranjeros al fideicomiso vinculado con la empresa estatal Tren Maya, operada por el Ejército.
Ahora, ese artículo establece que el 67 por ciento de esos ingresos se asignará a la Secretaría de la Defensa Nacional. Los recursos podrán usarse para operación, prestación de servicios, administración, explotación, construcción, planeación, adquisición, proyectos, programas, arrendamiento, equipamiento e inversión en infraestructura, entre otros rubros.
SCJN avala recursos de turismo y de servicios aeroportuarios a Fuerzas Armadas. En cuanto al artículo 220-A, la norma anterior señalaba que los ingresos por derechos aeroportuarios debían canalizarse a la Defensa y a la Marina mediante fideicomisos. A su vez, el objetivo era fortalecer el sistema aeroportuario bajo su coordinación.
Luego de la reforma de diciembre de 2024, esos recursos deben concentrarse en la Tesorería de la Federación. Posteriormente, ser repartidos en un 60 por ciento para la Secretaría de la Defensa Nacional y en un 40 por ciento para la Secretaría de Marina.
Según lo establecido por la legislación vigente, ambos porcentajes servirán para el fortalecimiento de los sistemas aeroportuarios coordinados por dichas dependencias.























