Si eres un trabajador que te toca laborar durante los días martes 15 y miércoles 16 de septiembre. Aunque ambas fechas forman parte de las celebraciones por la Independencia de México, solamente una está reconocida como descanso obligatorio.
Durante 2026, el 15 de septiembre caerá en martes y el 16 será miércoles. Por esta razón, no se formará un puente de varios días para trabajadores ni estudiantes.
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¿Cuánto deben pagarte si trabajas el 15 y 16 de septiembre?
Para las personas trabajadoras, el martes 15 de septiembre tendrá las mismas -condiciones- que cualquier otro día laboral. Esta fecha no está incluida entre los descansos obligatorios del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. Ante ello, quienes laboren el martes deberán recibir su salario habitual.
Cada empresa podrá decidir si suspende actividades o concede el día libre a su personal. Sin embargo, esa medida -dependerá de sus disposiciones internas- y no de una obligación legal.
A diferencia de la jornada anterior, el –miércoles 16 de septiembre- está reconocido por la legislación laboral como día de descanso obligatorio. En esa fecha también se -suspenden las clases- para estudiantes de educación básica.
El -artículo 75- de la Ley Federal del Trabajo establece que las personas que trabajen en un descanso obligatorio deberán recibir su salario normal más un pago doble. Esto quiere decir que deberá cobrar un -salario triple– por esa fecha.
























