El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que un espot de Movimiento Ciudadano (MC) no constituye actos anticipados de campaña. A menos de tres meses del arranque formal de las precampañas, el criterio de la autoridad cobró relevancia tras confirmar que el material denunciado no contiene llamados explícitos ni implícitos a votar.
En sesión pública, una mayoría de cuatro magistrados validó desechar la queja interpuesta por Morena en contra del partido naranja y de su coordinador nacional, Jorge Álvarez Máynez. La denuncia se originó por la frase que el dirigente pronunció en un mensaje oficial:
“La vieja política ha intentado acorralar al Movimiento del Sombrero; no quieren que compitan en las próximas elecciones”.
Bajo este contexto, los magistrados Felipe de la Mata, Gilberto Bátiz, Mónica Valle y Felipe Fuentes. Respaldaron la resolución de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE). Esta instancia había descartado inicialmente la queja de Morena por supuestos actos anticipados de precampaña y campaña. Así como por una presunta vulneración a la equidad de la contienda.
TEPJF descarta actos anticipados de campaña en espot de MC
Para la mayoría de la Sala Superior, las expresiones no promovieron una candidatura específica ni una plataforma electoral. Además de que no pidieron el voto. En su análisis, señalaron que el pronunciamiento correspondió a muestras de solidaridad tras el homicidio del alcalde de Uruapan, Carlos Manzo. Bajo esa línea, consideraron que el contenido encaja “dentro del debate político, sin indicios de una estrategia de posicionamiento electoral anticipado”.
Morena por su parte, argumentó que las publicaciones integraban una estrategia progresiva para ganar simpatías y posicionarse de cara a los comicios, aprovechando la coyuntura del movimiento surgido tras el asesinato de Manzo, por lo que exigía retirar el promocional del aire.
En cambio el magistrado Reyes Rodríguez votó en contra al estimar que el INE debió entrar al fondo del asunto, “al existir elementos que vinculan los mensajes denunciados a las próximas elecciones”. —Desde su perspectiva—, la autoridad electoral tenía que revisar a fondo el contexto y el sentido de las palabras antes de descartar de inmediato una posible infracción en la contienda.
























