¿Cuánto me deben pagar si trabajo el 1 y 2 de noviembre? El Día de Muertos, una celebración muy reconocida en México, donde las almas de los seres queridos regresan para convivir con sus familiares.
El artículo 75 de la LFT indica que en los días de descanso obligatorio, los empleadores y trabajadores deben acordar quiénes trabajarán. Los empleados que laboren en fechas de descanso tienen derecho a recibir el doble de su salario normal por ese día.
Además de su pago ordinario, lo que se traduce en un salario triple. Por otra parte, si el día de descanso obligatorio cae en domingo, también se les deberá pagar la prima dominical, según el artículo 71 de la LFT.
Para muchos, estos días representan una oportunidad de descanso, pero quienes trabajen el 1 y 2 de noviembre tal vez se pregunten cómo debería aplicarse su pago conforme a la Ley Federal del Trabajo.
¿Cuánto me deben pagar si trabajo el 1 y 2 de noviembre?
—Aunque estas fechas son importantes, el 1 y 2 de noviembre no se consideran días de descanso obligatorio según la Ley Federal del Trabajo (LFT)—.
—Esto implica que los trabajadores que laboren en estas fechas recibirán su salario normal, sin ningún pago extra, a menos que su empleador otorgue estos días como descanso—.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en México?
De acuerdo con la LFT, algunos días están establecidos como descanso obligatorio, entre ellos:
- 1 de enero (Año Nuevo)
- Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (Día de la Constitución)
- Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
- 1 de mayo (Día del Trabajo)
- 16 de septiembre (Día de la Independencia)
- Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
- 1 de octubre cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- 25 de diciembre (Navidad)
- Días determinados por las leyes electorales en el caso de elecciones ordinarias