La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la desaparición del Fondo del Cambio Climático, una medida tomada durante el sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador.
El fallo otorgó el amparo a la organización Greenpeace. Lo que implica que no se aplique el decreto de reforma a la Ley General de Cambio Climático. Publicado el 6 de noviembre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación.
La ministra Margarita Ríos Farjat, —encargada del proyecto de resolución—, señaló que la extinción del fondo representa una medida regresiva que vulnera el derecho a un medio ambiente sano y disminuye la protección previamente alcanzada para protegerlo.
Además, explicó que la desaparición del fondo no solo redujo los recursos disponibles, sino que también afectó la independencia y certeza jurídica del financiamiento destinado a mitigar los efectos del cambio climático.
SCJN revoca la desaparición del fondo del cambio climático
El decreto impugnado eliminó las reglas generales que regulaban el financiamiento, la evaluación y fiscalización de los proyectos para combatir el cambio climático. Lo que pone en riesgo principios clave como la eficiencia, transparencia y honradez en el uso del presupuesto público. También señaló que el legislador no justificó adecuadamente la eliminación del fondo.
—Cabe señalar—, que esta resolución de la Primera Sala contrasta con la de la Segunda Sala. Que en abril del año 2023 negó el amparo al Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA). De este modo, argumentando que la eliminación del fondo no afecta el derecho a un medio ambiente sano. Ya que se contempla el acceso a recursos mediante el Presupuesto de Egresos.