El Senado de la República entregó la lista de aspirantes a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) después del plazo establecido por la ley, omitiendo a las tres Ministras que actualmente están en funciones y buscan mantenerse en el cargo.
El nombre de las Ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz —no apareció en la lista—. La cual, según el Instituto Nacional Electoral (INE), recibió el Senado. El pasado 12 de febrero, fecha límite para entregar las candidaturas al INE.
De acuerdo con el artículo tercero transitorio de la reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), publicado el 14 de octubre pasado. El Senado debía enviar las listas antes de esa fecha.
El artículo 501 de la LEGIPE establece que:
“El Senado de la República integrará los listados y expedientes de las personas postuladas por cada Poder de la Unión conforme al tipo de elección e incorporará a dichos listados a las personas juzgadoras que estén en funciones en los cargos a elegir.”
Mientras tanto, el tercer transitorio especifica que el Senado debía haber remitido los listados y expedientes al INE. más tardar el 12 de febrero de 2025 para organizar el proceso electoral.
Senado omite a tres Ministras en funciones fuera del plazo legal; otros aspirantes podrían impugnar en caso de ser aceptadas
Sin embargo, el INE recibió una “versión actualizada” de la lista el 15 de febrero, en la que se incluyen a las tres Ministras. Esta lista cuenta con 42 candidaturas de 33 mujeres para la Corte. Algunas postuladas por varios Poderes, en lugar de las 39 candidaturas y 30 mujeres originalmente previstas.
—En dado caso que el INE acepte a las tres Ministras— en la lista. Otros aspirantes podrían impugnar la decisión ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Además, el INE parece no tener intención de tomar medidas sobre el hecho de que los 955 candidatos que, supuestamente, fueron postulados por el Poder Judicial. En realidad no lo fueron, ya que la SCJN los rechazó.
A pesar de esto, el Senado envió esta lista al INE. No obstante, candidatos de los otros Poderes y jueces en funciones podrían argumentar que el registro es inconstitucional. Ya que el artículo 96 de la Constitución únicamente faculta a la Corte para postular aspirantes del Poder Judicial. Y esto, por mayoría calificada, lo cual no ocurrió.