La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) celebrará este martes su última sesión del Pleno con los actuales ministros. En la agenda está la discusión de al menos 98 proyectos de juicios de inconformidad contra la elección de dos magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Se espera que la mayoría de estos casos sean desechados rápidamente, ya que muchos promoventes no cumplen con los requisitos legales para presentar la impugnación.
Hasta la tarde del lunes, la Corte había recibido 144 juicios de este tipo. Entre los promoventes se encuentran ciudadanos, excandidatos de la elección judicial, asociaciones civiles, así como el PAN y el PRI. Todos deberán resolverse antes del 31 de agosto.
En la lista de asuntos del Pleno figuran 98 proyectos preparados por nueve de los diez ministros. Sin embargo, esta cifra podría cambiar en las próximas horas.
Los recursos impugnan acuerdos del Consejo General del INE relacionados con el cómputo final de votos que validó la elección y permitió entregar constancias de mayoría a Gilberto de Guzmán y Claudia Valle como magistrados electos de la Sala Superior.
SCJN abordará en última sesión impugnaciones de elección judicial
En los últimos tres días hábiles, incluida la jornada del día lunes. La Corte dio trámite a 142 juicios de inconformidad en materia electoral, que se suman a dos más recibidos en julio.Uno de ellos, promovido por el exrepresentante del PAN en Durango, Iván Bravo, fue resuelto en apenas tres minutos y por unanimidad de 10 votos durante la sesión del lunes pasado.
El ministro ponente de ese caso, Jorge Mario Pardo Rebolledo, explicó que la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral sólo reconoce legitimación para presentar este tipo de juicios a quienes formaron parte de la lista de candidaturas para la elección del 1 de junio.
“Sin embargo, se estima que esta personalidad con la que se ostenta no es suficiente para considerar que cuenta con legitimación necesaria para este caso, pues la referida ley general es clara en establecer que las personas que cuentan con legitimación para impugnar los actos dentro de la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación son los candidatos o candidatas.
Añadiendo, que:
“Así, toda vez que no se advierte que el actor tenga el carácter de candidato a alguno de los cargos que fueron objeto de la elección judicial, en este caso particularmente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sino como refería anteriormente, él se ostenta como candidato a un cargo de magistrado del circuito, estimamos que lo procedente es desechar de plano el presente juicio de inconformidad”, dijo Pardo.























