Ciudad de México / Redacción.-
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha confirmado la existencia de actos anticipados de precampaña y campaña por parte de Morena, su dirección y funcionarios públicos del partido, durante un evento celebrado en julio de 2022. El Tribunal concluyó que este evento tuvo un impacto considerable en las competiciones electorales en Coahuila y el Estado de México, que tuvieron lugar seis meses después.
A pesar de que el evento tuvo lugar en un día no laborable, la Sala Superior del TEPJF exigió un análisis adicional del caso, destacando la probable comisión de actos anticipados, así como la violación de los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad por parte de los funcionarios públicos.
Como resultado, Morena ha sido multada con 481,000 pesos, mientras que el presidente del partido, Mario Delgado, y la secretaria general, Citlalli Hernández, han sido sancionados con multas individuales de 19,244 pesos. Además, debido a la imposibilidad legal de sancionar a los servidores públicos, se ha notificado a las contralorías y se ha ordenado su inscripción en el catálogo de sujetos sancionados por la Sala.
Varios funcionarios, que fueron inicialmente eximidos de responsabilidad por actos anticipados de campaña por el magistrado Luis Espíndola, ahora enfrentan la revisión de su conducta. Estos incluyen a Claudia Sheinbaum, ex jefa de gobierno de la Ciudad de México; Adán Augusto López, ex secretario de Gobernación; el senador Ricardo Monreal, y los gobernadores electos de Tamaulipas, Hidalgo y Quintana Roo.
El magistrado presidente, Rubén Lara, defendió la decisión, argumentando que “estas personas sí podrían hacer actos anticipados en favor de un tercero”, refiriéndose a los funcionarios públicos mencionados. La magistrada Gabriela Villafuerte enfatizó que la Sala Superior proporcionó pautas claras para acreditar todos los elementos del caso, incluyendo las características del evento en Coahuila que demostraron la existencia de actos anticipados de precampaña y campaña.
Aunque la decisión de la Sala Especializada puede ser apelada ante la Sala Superior, se considera poco probable un cambio en el fallo, ya que fue esta última la que ordenó el nuevo análisis bajo la perspectiva de actos anticipados.